La Audiencia Nacional da la razón a los vecinos en su reclamación contra la Autoridad Portuaria de Gijón
30 Julio 2007 Primera manifestación vecinal contra el desmonte del Alto de Aboño y en defensa de las playas de Xivares y Peña María. -Foto Asturias Verde-
La Asociación de Vecinos de Xivares “El Tranqueru” quiere hacer pública su satisfacción por sentencia de la Sala 8ª de la Audiencia Nacional que definitivamente da la razón a los vecinos de Xivares a través del recurso presentado por su Ayuntamiento contra la orden FOM/297/2008.
Nota de prensa de la Asociación de Vecinos de Xivares "El Tranqueru"
Como se esperaba, la sentencia tiene el mismo sentido que la suspensión Cautelar dictada por el Tribunal Supremo el pasado noviembre de 2010 y no es otra que la nulidad de la citada orden FOM/297/2008 que permitía la ampliación del Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto del Musel a las 32.4 Ha del Alto de Aboño para proceder a su explanación.
La Sentencia de la Audiencia abunda en el despropósito de no haberse requerido el preceptivo Estudio de Impacto Ambiental y a la desprotección que la pretendida actuación de la Autoridad Portuaria de Gijón (el desmonte del Alto de Aboño) causaría sobre las playas de Peña María y Xivares.
La sentencia es plenamente coincidente con las tesis del Defensor del Pueblo Español que, ya en 2008, emitió un dictamen en el que apoyaba claramente la postura vecinal y que motivó que el Ayuntamiento elevara recurso contra esa orden FOM/297/2008 que se promulgó sin el preceptivo Estudio de Impacto Ambiental. Dictamen en el que además el Defensor del Pueblo reclamaba la “alternativa cero” por la afección la población y sobre todo a las playas.
La sentencia anula la orden FOM/297/2008 (Ya suspendida de modo cautelar por el Supremo el pasado noviembre) en lo que se refiere a Carreño.
La sentencia para los vecinos, que llevamos manifestando las mismas tesis más de cinco años, resulta reconfortante y estimulante.
No nos pararemos aquí. Queremos la reposición de los daños causados en el Alto de Aboño (edificios, lavaderos, estatuas, parques…) que, se demuestra ahora, estaban absolutamente fuera de la legalidad, como denunciamos en su momento.
Ser más grande económicamente no puede ser una patente de corso para destruir y pisotear derechos. Alguien deberá responder. Aunque sabemos que la dignidad política no es una virtud entre algunos de nuestros dirigentes. Queremos dejar bien claro que cualquier futura manifestación en el sentido de que el Estudio de Impacto Ambiental ya se hizo será, de nuevo, una flagrante mentira; un nuevo intento de manipular.
Al no existir Estudio de Impacto Ambiental para la anexión del Alto de Aboño al dominio portuario, la Orden FOM/297/2008, en lo que se refiere a Carreño, ha quedado abolida y por tanto cualquier actuación posterior.
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